Aprobado por unanimidad en el último pleno
de la Corporación, esta nueva normativa de la Concejalía de Servicios Sociales
clarifica, agiliza y resuelve los procedimientos de concesión y seguimiento de
dichas ayudas
El
Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana se ha dotado de un nuevo Reglamento
para gestionar y aplicar las prestaciones individuales en las áreas de
Discapacidad y Tercera Edad.
Ese
nuevo Reglamento fue aprobado por la unanimidad de todos los grupos políticos
en el último pleno celebrado por la Corporación municipal el pasado
jueves, con el objetivo de derogar y sustituir la incompleta ordenanza anterior
del año 2005.
Con la nueva normativa “se
incrementa la eficacia de las ayudas, porque se clarifican, agilizan y
resuelven los procedimientos de concesión y seguimiento de las mismas, y se
enmienda la disparidad de los criterios legales que se estaban detectando a la
hora de responder a las realidades actuales de los colectivos de la Tercera
Edad y la Discapacidad” residentes en este municipio, afirma el concejal de
Servicios Sociales, Roberto Martel Quintana.
En ese sentido, en el nuevo
Reglamento se estipulan el régimen de concesión de las prestaciones, la
documentación específica que se requiere, el procedimiento y tramitación de las
solicitudes, los criterios de concesión, las compatibilidades e incompatibilidades,
las coberturas y cuantías máximas, los derechos y obligaciones de los
beneficiarios y los baremos para la concesión de las ayudas.
Según este Reglamento se
consideran discapacitadas las personas con un grado de discapacidad física,
psíquica y/o sensorial igual o superior al 33%; y como personas mayores
aquellas con más de 60 años que no realizan ninguna actividad remunerada o no
tenga reconocida una pensión o cualquier otra clase de prestación.
En todo caso las ayudas están
dirigidas a atender las necesidades de autonomía personal, social o económica
de estos dos sectores de población; mejorar su calidad de vida y su integración
social; prevenir los factores de riesgo que los derivaran a la exclusión y
contribuir a su desarrollo personal.
Las prestaciones individuales
a mayores y discapacitados serán para estimulación temprana para menores de 6
años; el tratamiento psicoterapéutico y logopédico; la adaptación funcional de
los hogares, para la instalación de asideros y de platos de ducha, suelos
antideslizantes y adaptación de lavamanos y de puertas al uso de sillas de
ruedas; y la adquisición de órtesis y prótesis según el Catálogo General del
Servicio Canario de Salud, quedando excluidas las lentillas, las sillas de
ruedas eléctricas y los implantes dentales.
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