martes, 6 de agosto de 2013

Aprobado por unanimidad en el último pleno de la Corporación, esta nueva normativa de la Concejalía de Servicios Sociales clarifica, agiliza y resuelve los procedimientos de concesión y seguimiento de dichas ayudas


El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana se ha dotado de un nuevo Reglamento para gestionar y aplicar las prestaciones individuales en las áreas de Discapacidad y Tercera Edad.

Ese nuevo Reglamento fue aprobado por la unanimidad de todos los grupos políticos en el último pleno celebrado por la Corporación municipal el pasado jueves, con el objetivo de derogar y sustituir la incompleta ordenanza anterior del año 2005.

Con la nueva normativa “se incrementa la eficacia de las ayudas, porque se clarifican, agilizan y resuelven los procedimientos de concesión y seguimiento de las mismas, y se enmienda la disparidad de los criterios legales que se estaban detectando a la hora de responder a las realidades actuales de los colectivos de la Tercera Edad y la Discapacidad” residentes en este municipio, afirma el concejal de Servicios Sociales, Roberto Martel Quintana.

En ese sentido, en el nuevo Reglamento se estipulan el régimen de concesión de las prestaciones, la documentación específica que se requiere, el procedimiento y tramitación de las solicitudes, los criterios de concesión, las compatibilidades e incompatibilidades, las coberturas y cuantías máximas, los derechos y obligaciones de los beneficiarios y los baremos para la concesión de las ayudas.

Según este Reglamento se consideran discapacitadas las personas con un grado de discapacidad física, psíquica y/o sensorial igual o superior al 33%; y como personas mayores aquellas con más de 60 años que no realizan ninguna actividad remunerada o no tenga reconocida una pensión o cualquier otra clase de prestación.

En todo caso las ayudas están dirigidas a atender las necesidades de autonomía personal, social o económica de estos dos sectores de población; mejorar su calidad de vida y su integración social; prevenir los factores de riesgo que los derivaran a la exclusión y contribuir a su desarrollo personal.

Las prestaciones individuales a mayores y discapacitados serán para estimulación temprana para menores de 6 años; el tratamiento psicoterapéutico y logopédico; la adaptación funcional de los hogares, para la instalación de asideros y de platos de ducha, suelos antideslizantes y adaptación de lavamanos y de puertas al uso de sillas de ruedas; y la adquisición de órtesis y prótesis según el Catálogo General del Servicio Canario de Salud, quedando excluidas las lentillas, las sillas de ruedas eléctricas y los implantes dentales.


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